En la nueva reforma fiscal, pendiente de aprobación, se contemplan cambios en el tratamiento fiscal de los arrendamientos en el IRPF, tanto en los arrendadores, como en los arrendatarios.
- Para los arrendadores, desaparecerá la reducción del 100% aplicable a los rendimientos por arrendamientos realizados a jóvenes menores de 30 años. A partir del 2.015 la reducción será siempre del 60%, independientemente de la edad del inquilino.
- Para los inquilinos, se eliminará la deducción en la cuota del IRPF para los inquilinos con base imponible inferior a 24.107,20 €. ¡ Ojo !. Esta deducción desaparece para los contratos que se formalicen en el 2.015, pero los formalizados con anterioridad podrán seguir deducciéndose por las cantidades dedicadas al alquiler hasta el final de su contrato.
Atención…!!!. Si está pensando en formalizar un nuevo contrato de alquiler, sería recomendable hacerlo antes del 2.015, los ahorros fiscales pueden ser considerables. Si necesita más información no dude en ponerse en contacto con nuestra Asesoría Fiscal.